domingo, 16 de septiembre de 2012

De Objeciones y Contraobjeciones: 4ta Audiencia del Juicio "Masacre de Guanipa"

El pasado miércoles 12 de septiembre se realizó la cuarta audiencia de uno de los juicios más incoherentes y absurdos que se hayan realizado en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, uno de los juicios con más ensañamiento y con una muy mala publicidad, casi depravada de parte de los medios amarillistas de comunicación de la zona, el juicio al cual los cuerpos policiales, el sistema judicial y los medios de comunicación bautizaron como "El juicio de los satánicos"
 
La audiencia comenzó cerca de las 11:30 am. Para esta audiencia el Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal 1° del estado Anzoátegui Abogado HARRISON GONZALEZ. De resto estuvieron todas las partes: los Abogados querellantes, las víctimas indirectas, los defensores privados, los defensores públicos, los Jueces Escabinos y el Juez Profesional.
Como es de costumbre, se realizaron todas las actividades protocolares por parte del tribunal al momento de dar inicio a dicho acto, luego procedieron a llamar a la sala al experto promovido por el Ministerio Público citado a declarar ese día, el Agente del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Comunitarias (CICPC) FRANCISCO SANCHEZ. Justo luego de que el experto fue sentado en el estrado, y mientras comenzó a revisar sus actas antes de comenzar su exposición, comenzó en la sala una pequeña diatriba la cual seria una introducción a lo que iba a suceder durante toda la audiencia.

El representante del Ministerio Público hizo una observación y realizó una solicitud al tribunal para que cada uno de los imputados fuera ubicado justo al lado de su Abogado Defensor. Como es bien sabido por las personas que han asistido para alguna audiencia de Juicio Penal en el Circuito Judicial de Anzoátegui, Extensión El Tigre, estas salas de Juicio son relativamente pequeñas para audiencias de este tipo en donde se encuentran imputados más de 3 personas, y en este caso en particular son 5 los imputados los cuales cada uno tiene un defensor público o privado en particular, a excepción de un defensor privado el cual esta asistiendo a dos de los imputados, por lo que estamos hablando de 5 imputados y 4 Abogados, para un total de 9 personas ubicadas en la parte de la defensa.

Para tal solicitud, los defensores alegaron que no consideraban necesario la reubicación planeteada por el Ministerio Público ya que consideraban que de la manera en que estaban ubicados se garantizaba el derecho a la defensa a los imputados. Antes de tomar la decisión, el Juez profesional le preguntó a cada uno de los imputados si se sentían bien ubicados de esa manera o si querían ser reubicados de la manera planteada por el Ministerio Público, a lo cual los imputados respondieron que no tenían ningún problema en continuar ubicados de la manera que estaban, por lo que el juez declaró sin lugar la solicitud hecha por el Ministerio Público.
Al escuchar esto, el representante del Ministerio Público ejerció un recurso de revocación sólo por capricho de.que le dieran la razón, alegando que se estaba violentando el derecho a la defensa, a lo que los defensores respondieron manteniendo su posición y manifestaron que para tal reubicación exigían que fuera ingresada a la sala otra mesa para poder hacer todos sus respectivas anotaciones de manera cómoda y poder trabajar como es debido.
Finalmente el Juez decidió declarar sin lugar dicha revocación por considerar que no se estaba violentando el derecho a la defensa y que todos estaban bien ubicados. Y luego de una pequeña discordia entre abogados por cuestiones de ubicación dentro de la sala, comenzó la exposición del funcionario llamado a declarar ese día.
  • Exposición del Agente CICPC FRANCISCO SÁNCHEZ:
Este funcionario es uno de los principales expertos promovidos, por el Ministerio Público ya que él fue el último funcionario designado para la investigación del caso y fue él quien realizó la detención del "testigo-imputado-acuasador-condenado-y-víctima" PEDRO SOLÓRZANO y la de otros de los imputados, por lo que sus actuaciones dentro del expediente fueron varias, así que decidió hacer una exposición de manera general de todo el trabajo que realizó mientras estuvo a cargo de la investigación del caso.
En su exposición este funcionario mencionó que en el año 2009 le fue asignada la investigación del caso, al revisar el expediente se percató que dentro del expediente existían pruebas manuscritas realizadas a investigados del caso, entre las cuales estaba la de PEDRO SOLORZANO, habían dibujos hechos por él incautados en allanamientos practicados en residencias, había cierta similitud entre los escritos de los dibujos y escritos encontrados en las paredes del lugar del triple homicidio por lo que procedió a realizar una comparación entre ellos, agarró la foto de la pared del lugar de los hechos que contenía la palabra escrita, separó cada una de las letras y las comparo con los escritos de PEDRO SOLORZANO y consiguió cierta similitud y a partir de esto solicitó a un laboratorio en el estado Monagas para realizar una prueba de grafotecnia, luego ellos le mandaron los resultados de dicha prueba en donde le confirmaron científicamente que existía similitud entre lo escrito en la pared y los escritos hechos por PEDRO SOLORZANO y a partir de esto solicitó una orden de visita domiciliaria a dicho sujeto, la cual según él, realizaron bajo los estándares legales correspondientes y lo aprehendieron. Luego de esto el funcionario sostuvo UNA CONVERSACIÓN CON PEDRO SOLORZANO donde él le manifestó que los bocetos habían sido hechos por él y que habían otras personas involucradas, nombró "morfo",.su pareja, el "nitro", el "zombi" y "la muerte", luego le contó cómo según él sucedieron los hechos y cómo actuó cada persona, y al revisar lo contado por PEDRO SOLORZANO y las fotos del lugar de los hechos se dio cuenta que existía una gran similitud entre lo descrito por él y la manera en la que estaban ubicados algunos objetos dentro de la vivienda donde ocurrieron los hechos, y según él no había forma de que el sujeto tuviera conocimiento de la ubicación de los objetos a menos que él hubiese estado en el lugar de los hechos.
Al terminar su exposición, el representante del Ministerio Público, Fiscal 1° del Estado Anzoátegui Abogado HARRISON GONZALEZ procedió a interrogar al experto, realizó su interrogatorio.
Le realizó una serie de preguntas las cuales no tienen relevancia alguna cómo por ejemplo:

El tiempo ejerciendo dentro de la institución, en qué se graduó, qué materias vio en sus estudios, que si había trabajado antes con un caso similar, de quien estaba acompañado en x momento de x acta, etc. entre lo más relevante que le preguntó el fiscal se puede extraer las siguientes informaciones cómo respuestas:
  1. Manifestó no haber torturado a PEDRO SOLORZANO porque eso va contra las prácticas de ese organismo policial por ser una violación a los derechos humanos y aparte de eso PEDRO SOLORZANO le tuvo confianza para contarle todo.
  2. Narro casi textualmente el cuento que le echó PEDRO SOLORZANO sobre como según el sucedieron los hechos.
  3. Expresó que PEDRO SOLORZANO le contó todo eso cuando estaban en la oficina del funcionario, no había más nadie en ese lugar sólo ellos dos.
  4. Reveló también que se le hizo muy difícil lograr que PEDRO SOLORZANO le contara todo, a todas las preguntas que le realzaba las evadía o las contestaba diciendo una frase de que lo estaban observando o simplemente se quedaba en silencio observando para todos lados.
  5. Expuso que luego de lograr la confianza con PEDRO SOLORZANO y luego de que le echara el cuento, manifestó "estar arrepentido y que ahora se sentía aliviado".
  6. Dijo que lograron la identificación de los apodos que PEDRO SOLORZANO mencionó y según el esos apodos ya habían sido nombrados con anterioridad  en el expediente.
  7. Habló sobre las detenciones de los otros imputados. En el momento en el que narró cómo según él se practicaron las detenciones de LUIS ÁNGEL AGUILARTE y CARLOS GONZÁLEZ, se escucho desde el público un grito que exclamaba ¡ESO ES MENTIRA!, en ese momento el Fiscal aseguró que la persona que gritó había sido el imputado PUBLIO GARCÍA y que según él esta misma persona estaba tratando de intimidar a su testigo con miradas. En ese momento el defensor de este imputado se levantó para indicar que su defendido en ese momento se encontraba tomando nota de algo y que no había sido el quien había gritado. En ese momento el juez le indicó a los abogados a que se le acercaran, hablaron entre ellos durante un momento y antes de continuar el interrogatorio el Fiscal pidió disculpas por lo que dijo.
Hubo un momento en el que el representante del Ministerio Público le preguntó al funcionario del CICPC sobre las condecoraciones que había recibido a lo largo de su carrera. Le preguntó si alguna vez había sido condecorado con el CANGREJO DE ORO a lo cual respondió que este era el caso para recibir dicha condecoración, pero que debido al tiempo que paso no pudo recibirla.
*nota: el cangrejo de oro es una condecoración que reciben los funcionarios cuando resuelven casos "cangrejos". Mucho se ha contado por debajo de mesa sobre este caso, muchas personas han mencionado que funcionarios del CICPC habían cuadrado todo el caso y preparado a PEDRO SOLORZANO con la historia que narró  para cerrar forzosamente el caso con el fin de recibir dicha condecoración.
Antes de finalizar el interrogatorio, el representante del Ministerio Público le entregó las actas para que reconociera sus firmas, y finalmente le preguntó sobre las descripciones que da PEDRO SOLORZANO del lugar de los hechos y las fotografías del lugar de los hechos. Al terminar el interrogatorio, el Abogado Querellante MIGUEL CABELLO procedió a realizar su interrogatorio.
Entre los puntos más importante y la información mas relevante obtenida de dicho interrogatorio se puede destacar lo siguiente:
  1. Manifestó que PEDRO SOLORZANO dijo pertenecer supuestamente a un grupo o "clan".
  2. Habló sobre la conversación que sostuvo con el imputado PUBLIO GARCÍA, en donde le habló sobre un grupo o clan que él dirijia, un grupo el cual según él se dedicaban al rescate de jóvenes llevados por la droga y otras malas actividades y que estaba orientado más que todo a jóvenes dentro del movimiento rokero en la zona.
  3. En el momento que el funcionario hablaba sobre esto comenzó a mostrar unas fotos y en este momento los abogados defensores interrumpieron su exposición expresando que no tenían conocimiento de dichas fotos porque presuntamente algunas no se encontraban dentro del expediente, dando inicio a otra pequeña diatriba entre abogados. Ante las acusaciones hechas a dicho funcionario, él argumenta como excusa  que tiene un compromiso con la justicia y que se tomó el caso de manera MUY PERSONAL debido a que el caso lo impactó mucho y según el merece investigación, y debido a esto él realizó investigaciones paralelas posteriores a la fase de investigación. Luego continuó la diatriba y el desorden dentro de la sala entre los abogados defensores y la fiscalía, hubo un momento en el que el representante del Ministerio Público llamó poco profesionales a los Abogados defensores por no hacer que sus defendidos "admitieran los hechos" ya que según él son todos culpables. En ese momento los Defensores Privados Abogados David Carbonell y Edgar Guzmán respondieron que sus defendidos son inocentes y que consideran que han realizado una defensa de altura, y le acotaron al Ministerio Público que es su responsabilidad desvirtuar la presunción de inocencia de sus defendidos, cosa que hasta ahora no ha logrado ni remotamente, y por lo tanto le exigieron respeto tanto a ellos cómo Abogados como a sus defendidos. En ese momento el Juez profesional logró restaurar un poco el orden dentro de la sala y les exigió a todos los abogados respetarse entre ellos mismos como colegas que son. Así que se le dio continuidad el interrogatorio.
  4. El funcionario habló también sobre un carnet hallado en uno de los allanamientos realizados en una casa, menciono que el mismo pertenecía al imputado PUBLIO GARCÍA y en el mismo estaba una foto del imputado y el número "777".
  5. Habló también sobre algo que investigó, algo llamado "ritual del macho cabrio" o algo así, el cual consistía en que el líder de algún grupo demuestra supremacía al realizar un determinado acto con una femenina virgen.
Terminado el interrogatorio, la Abogada Querellante Amanda Castillo procedió a interrogar al funcionario. La información más relevante obtenida fue la siguiente:
  1. Habló sobre el "modus viviendi" investigado por el acerca de los miembros del "clan". Según el todos usaban vestimenta de color negro y poseían características fisonómicas alertadas, como por ejemplo el uso de piercings.
  2. Mencionó sostuvo conversaciones con PEDRO SOLORZANO  y PUBLIO GARCÍA al momento de sus detenciones.
  3. Expuso que en sus investigaciones consiguió información sobre el movimiento gótico y tribus urbanas y que supuestamente existía rivalidades entre ellas.
Al terminar el interrogatorio de la parte acusadora, le tocaba el turno a la defensa a realizar sus interrogatorios, por lo que estaría a punto de iniciar el verdadero show dentro de la sala.
"DE OBJECIONES Y CONTRAOBJECIONES"
El primer Abogado defensor en INTENTAR realizar un interrogatorio al funcionario fue el defensor privado David Carbonell.
Lo que abogado trataba de preguntar era sencillo: quería saber como obtuvo los bocetos de PEDRO SOLORZANO, la procedencia de los objetos que comparó para la prueba de grafotecnia, si la entrevista con PEDRO SOLORZANO fue antes o después de la orden de detención y si PEDRO SOLORZANO estaba acompañado de algún defensor al momento de ser interrogado. El Abogado quería dejar en claro que es ilegal que una persona declare frente a un funcionario de cuerpos policiales después de ser detenido. La ley establece que una persona sólo puede declarar ante un Juez acompañado de un defensor luego de su detención, y por lo tanto la declaración de PEDRO SOLORZANO en el CICPC es algo ilegal y en consecuencia la detención de su defendido fue realizada de manera ILEGAL.
Sin embargo, todas las personas que asistieron al acto pudieron notar el ensañamiento del representante del Ministerio Público  y su mala fe con este al objetar cada una de las preguntas realizadas por este abogado defensor, las objetaba así las formulara de la manera que fuera y en la mayoría de las veces nisiquiera  el mismo juez profesional de la sala entendía ni que objetaba ni por qué objetaba ni en qué se basaba el representante del Ministerio Público para objetar. Todo esto por supuesto con la intención de no dejar que el funcionario "experto" contestara ninguna de las preguntas.
El Abogado David Carbonell Intentó también preguntar al funcionario si había conseguido o realizado alguna prueba científica que involucrara a su patrocinado o a cualquiera de los otros imputados, sin embargo la insistencia con la objetadera de parte del Ministerio Público era tal que no permitió que le respondieran, porque obviamente no tienen pruebas científicas en contra de ninguno de los otros acusados, y el sólo hecho del funcionario "experto" decir NO, no conseguimos otras pruebas, sería un bajo golpe para el Ministerio Público ya que no les conviene que digan eso frente los escabinos o el Juez o el público general.
Al terminar su interrogatorio, el Defensor Privado Abogado Edgar Guzmán procedió a realizar su interrogatorio.

Lo que quería dejar en claro por medio de sus preguntas fue que so¿ólo a PEDRO SOLORZANO se le incautaron dibujos y bocetos con los cuales realizaron las pruebas de grafotecnia, también quería dejar en claro que las características de descripción dadas por PEDRO SOLORZANO de las personas que nombró al momento de su detención no coincidían con las características físicas de sus defendidos. Sin embargo el representante del Ministerio Público sostuvo de igual manera una posición de objeciones y recontraobjeciones a cada una de las preguntas realizadas por este Abogado haciendo que las reformulara una y otra vez hasta el punto de lograr que no le contestaran la mayoría de las preguntas hechas.
También hizo dejar constancia de que este funcionario no está preparado y no puede distinguir entre quien dice y quien no dice la verdad al momento de un interrogatorio. También cuestionó el hecho de que no recomendara una envaluacion psicologíca a PEDRO SOLORZANO debido a la extraña actitud del mismo durante su entrevista.
También hizo resaltar que entre las fotos mostradas por este funcionario durante su exposición, en ninguna se encuentra ninguno de sus patrocinados, de hecho solo salen el imputado PUBLIO GARCÍA junto a su esposa y otros muchachos más los cuales no fueron identificados.
Luego de muchas objeciones incoherentes y sin argumento de parte del Ministerio Público, el Abogado términó su interrogatorio. En ese momento una Defensora Publica intento realizar un interrogatorio al funcionario testigo experto, quería saber si también le realizaron prueba de grafotecnia a alguno de los otros imputados, sin embargo cedió rápidamente al intenso objecionamiento del Ministerio Público, por lo que no realizó preguntas.
Al retirarse el testigo, el imputado Publio García pidió derecho de palabra, por lo que el tribunal se la concedió y el imputado procedió a realizar su exposición.

Habló que sólo habían demostrado hasta ahora que el vestía de negro, que le gustaba la música rock, más no que había participado en un terrible acto de homicidio. Hizo mención a sus dos detenciones por parte del CICPC, y que en la primera detención fue víctima de torturas para que dijera que él había sido el culpable. Luego de un año lo detuvieron de nuevo en una iglesia donde se encontraba con su esposa. Cuestionó irónicamente el hecho de que un supuesto "satanista" fuera a portar un carnet con su foto y su nombre y mostrarlo públicamente sin temor a nada. Expuso que él era inocente, que no tenía que demostrarlo, pues es trabajo del Ministerio Público presentar pruebas que lo involucren, y no pruebas que relaten un suceso.
Al terminar su exposición el Fiscal le interrogó sobre si conocía a alguno de los otros imputados a lo que PUBLIO GARCIA contestó que sólo conocía a su esposa. El FISCAL se refirió específicamente si conocía a JOSE MANUEL DELMORAL y éste volvió a responder que no, que él era un individio muy popular y pueda que por esto éste le haya conocido antes.

El Abogado MIGUEL CABELLO interrogó a PUBLIO GARCÍA con la misma pregunta que le realizó el Fiscal, pero ésta vez "citó" lo que JOSE DELMORAL expuso en la Audiencia de Presentación realizada en 2009, diciendo que "le conocía porque me asistía en cuestiones de la biblia", a lo que PUBLIO GARCIA respondió nuevamente que era posible que muchas personas le conocieran puesto él era popular.

Cabe destacar que el abogado MIGUEL CABELLO mintió de manera categórica expresando que ésas habían sido las palabras de JOSE DELMORAL, ya que en ningún momento JOSE MANUEL consultó con PUBLIO GARCÍA sobre "cuestiones de la biblia", ya que él expuso en su declaración inicial que lo conocía DE VISTA, mas no de trato y comunicación, pues a veces lo veía en algún evento de rock de la localidad, más no pertenecía a su grupo cercano de amigos ni mucho menos a su clan.

Luego de concluida la audiencia, se fijó la próxima para el día lunes 24 de septiembre de este año a la misma hora.

Se tuvo noticia de un grupo de personas que asistieron a esta audiencia y no las dejaron entrar a la sala argumentando que la misma se encontraba llena, cuando éste es un JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al que pueden concurrir todas las personas necesarias, en cantidades EQUITATIVAS tanto para los familiares de las víctimas como para los jóvenes imputados. No es posible que hasta los alguaciles o personas propias al Tribunal actuen de manera parcializada y se dirijan al Juicio, al dar instrucciones de dónde se celebraba éste como "el Juicio de los satánicos". Es impresionante lo que los medios de comunicación y toda su manipulación logran hacer, desvirtuando al público de la realidad y haciéndoles creer lo que ellos transmiten.

TODOS tienen derecho a entrar, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas, silencio absoluto, celular apagado, y dispuesto a que sea revisado antes de entrar a la sala.
 
De todo lo acontecido hasta ahora, se puede resaltar lo siguiente:
  1. La única persona a la que se le ha demostrado participación en el hecho es al ciudadano PEDRO SOLORZANO.
  2. Hasta la fecha, han asistido al juicio un total de 7 testigos expertos promovidos por el Ministerio Público los cuales no han aportado ningún elemento que involucre a JOSÉ MANUEL DELMORAL ORTEGA ni a ninguno de los otros imputados.
Es importante señalar que JOSÉ MANUEL DELMORAL ORTEGA no ha pertenecido nunca a ningún tipo de clan o secta, José es un joven oriental Tigrense como cualquier otro, quien simplemente tiene un gusto musical amplio dentro del cual incluye a la música tipo rock. Y eso no quiere decir que él sea satánico ni que únicamente vista de negro. De hecho a ninguna persona en el mundo deberían considerarla "satánica" solamente por un gusto musical.
¡Ya basta de discriminaciones, ya basta de prejuicios, ya basta de injusticias.!
¡Queremos libertad para los injustamente encarcelados a lo largo del planeta.!

¡Abajo todas las prisiones, tanto físicas cómo mentales....!

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